Archivo Arquidiocesano.

Información para Iglesia Diocesana. Programa Radial FM Corazón. 2012

 

No podemos hablar de la Piedad sin mencionar la historia que hizo posible el barrio que dio origen a la capilla y de ahí en más a la parroquia. Hablamos de la capilla de la Santísima Trinidad. En 1824 el gobierno dispuso que los cementerios se establecieran en un lugar alejado de la población y que hasta entonces estuviera ubicado en la misma manzana que la iglesia matriz. Se procuro habilita uno nuevo de inmediato y proveerlo de Capilla. Se eligió un terreno sobre el antoñico, el Pbro. Álvarez pidió el 27 de julio de 1825 que el gobierno le diera 200 pesos para concluirla. La capilla rotunda que se levanto era copia del Panteón de roma, reducido a su cuarta parte. Se construyo además la habitación para el Capellán. La capilla dedicada a la Santísima Trinidad fue inaugurada por el Párroco en la navidad de 1825.

Entre 1858 y 1859 se invirtieron 284 pesos 1 real en componer la iglesia, pintar puertas y frisos, gastos de cal, ladrillos y madera y compostura de la reja que servia de puerta al cementerio.

Desde 1860 el Gobierno comenzó a tomar ingerencia en la administración de los cementerios. A su vez al Gobierno Nacional le preocupaba el que en las ciudades donde no había cementerio de protestantes, quedaran insepultados los que no fallecieran en la fe católica. En vista de ello el Ministro de Justicia, Culto e I. Pública se dirigió a Vidal en febrero de 1863 para incitarlo a adoptar un medio, en la parte que le correspondía, a fin de impedir lo que se temía.

Mons. Vidal, una vez conocido el pensamiento del Gobernador de Santa Fe al respecto, se dirigió al Gral. Urquiza para darle a conocer las notas cambiadas y pedirle comunicara su opinión para proceder, de acuerdo con las medidas que se estimaran más convenientes. Lo mismo hizo con el Gobierno de Corrientes. Conocidas las respuestas de los tres gobiernos, las elevo al ministerio, haciendo notar que el proceder que en ellas se indicaba dejaba conciliadas las exigencias de las leyes civiles y canónicas sobre la materia.

Sin esperar mas, el ministro de Gobierno de Entre Ríos, Manuel Leiva, dispuso mediante circular dirigida a los Jefes Políticos el 16 de marzo “ que se construyera a la parte de afuera de los cementerios católicos un pequeño cercado con puerta separada, donde sea sepultados los cadáveres de los individuos de creencias diferentes de la católica”

El 9 de junio de 1864 el Gobernador de la Provincia envía una carta al Vicario Capitular de la Diócesis Pbro. Dr. Miguel Vidal, participándole que por el Artículo 2do de la Ley del 18 de abril de 1864, se dispone que mientras no estén establecidas las municipalidades queda a cargo del Poder Ejecutivo la administración y gobierno de los Cementerios de la Provincia. Por esta carta le pide que informe a los Párrocos de los Departamentos que deben entregar a los Jefes Políticos la administración de los mismos.

Esta carta viene acompañada de la copia de la Ley.

El Gobierno de la Provincia Decreta

–          que para dar sepultura a los cadáveres en los Cementerios Públicos, deberán los interesados satisfacer lo derechos de oficio y de fábrica, conforme al arancel vigente

–          los deudos y demás interesados podrán exigir de los curas o de sus encargados, la celebración de sus oficios conforme se previene en el citado arancel.

–          En todas las parroquias se conservará en lugar visible una copia del arancel y otra copia de este en la Jefaturas Políticas. a más de la ley que determina la administración de los cementerios.

–          Los interesados elevaran sus quejas a las Jefaturas Políticas, toda vez que los Curas Párrocos se negasen a prestar los oficios con arreglo a lo que está dispuesto en el arancel citado, habiendo satisfecho el estipendio correspondiente y los jefes Políticos darán cuenta al Gobierno con información del hecho

–          Los encargados de cementerios no darán sepultura a ningún cadáver sin que se presente el boleto o recibo del cura y el de la Jefatura Política. Firman este Decreto José Domínguez, Nicanor Molina.

En agosto de ese año, el Vicario Capitular comunico la novedad a los párrocos y dispuso hicieran entrega formal de la necrópolis a su cargo. Con estas disposiciones, los cementerios dejaron de estar bajo administración parroquial y más tarde o más temprano, los fueron entregando a la autoridad civil.

El templo fue objeto de posteriores modificaciones y en 1903 fue demolido y sustituido por un cuarto o saloncito.

El 17 de marzo de 1899 se reúnen en la Catedral un grupo de señoras y señoritas con el Obispo Mons. de la Lastra y Gordillo para establecer un centro parroquial de la Unión Pía de San Antonio de Padua. Establecen allí los estatutos y demás reglamentaciones establecidas y su adhesión a la casa principal de Roma.

El 6 de agosto de 1899 por iniciativa del Padre Yañi se reúne en el Asilo una asamblea de caracterizadas damas de la ciudad, que después de escuchar al cura resuelven constituir un Centro de Unión Pía de San Antonio y Pan de los pobres, previa autorización de la autoridad eclesiástica. El 15 de agosto de 1899 se crea el Centro Secundario de la Pía Unión en el Asilo de San Antonio para extender los bienes que la institución propone. En el informe dice que están trabajando bien, que el Pan de los Pobres se efectúa con regularidad y llevan a numerosas familias esta este socorro material y espiritual. Dice que todos los martes se realiza la misa a San Antonio y que es mucha la concurrencia a pesar de lo reducida que es la capilla. En las fiestas de San Antonio de ese año, el Padre Andrés Zaninetti estuvo a cargo del Sermón y el coro formado por señoritas y Hermanas estuvo dirigido por Mario Monti

En el mismo informe están los ingresos y egresos, donde consta que han colaborado para el Altar de la Capilla y que del Pan de los pobres comenzó el 29 de agosto de 1899 donde se empezó a socorrer a 25 familias pobres y que después aumento, agradecen los nombres de las personas que han donado alimentos y otros enseres, frazadas, jabones, etc. En un informe del Apostolado de la Oración del 28 de abril de 1900 dice que fue fundado el 1 de enero de 1892, que el 27 de diciembre de 1893 se sanciono el proyecto de traer enfermeras Franciscanas para atención de los enfermos a domicilio, para cuyo fin se destino el producto de una velada literaria realizada el 1 de mayo de 1894. Este mismo año se redactan los estatutos para una comisión compuesta por el Pbro. Luis Palma, el Dr. Ramón Calderón y el director del Apostolado con el fin de solicitar la personería jurídica, que fue acordada con el gobierno de la Provincia el 25 de septiembre de ese año. Y el 16 de octubre fue hecha la donación de un terreno al apostolado para la construcción del Asilo de las hermanas Franciscanas. El 2 de Diciembre de 1894, se coloca la piedra fundamental y se empezó la edificación. El 1 de marzo de 1896 se inauguró una parte del Asilo donde quedaron instaladas las Hnas y comenzaron a funcionar tres reparticiones de utilidad pública, Servicio de enfermería, Capilla y Escuela gratuita de niñas.

En otro informe del año 1900 dice que la capilla se ha terminado, que fue bendecida el 14 de octubre, y que se ha adquirido un terreno para ampliar el asilo. De la escuela, que hay 150 niños que asisten regularmente, que el 1 de marzo de 1899 se había abierto el Taller que funciona con éxito y que se ha hecho la exposición de los trabajos manuales, en dos años unos 635 piezas entre costuras, bordados, tejidos y que mucho eso fue vendido para la compra de útiles.

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