Departamento Legal,

Contable y Administrativo

 

 

PROME realizará una JORNADA DE CAPACITACION  PARA LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS  en forma gratuita. Consideramos Muy importante v/presencia, por lo que solicitamos arbitren los medios para que puedan concurrir aquellas personas que ustedes consideren.

 

 

 

Recordamos que, de acuerdo a lo anunciado el viernes 10 del corriente  en el Colegio don Bosco, el próximo 17 de AGOSTO se efectuara  una reunión a la que están convocadas únicamente aquellas personas que liquiden sueldos en nuestras instituciones. ( ya sean Administrativos, Directivos, o Contadores) para tratar temas específicos a esta gestión. La misma se realizara a partir de las 10:00 en el Arzobispado de Paraná, Monte caseros 77.

 

 

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Estimados Apoderados Legales, Directivos, Docentes y Personal no Docente

 

Ante la cuestión planteada por el régimen de retención del impuesto a las ganancias para el personal en relación de dependencia y como consecuencia de la Circular n9 01/2012 del Consejo General de Educación y mail recibido del Departamento Ajuste y Liquidaciones de Educación de Gestión Privada, cabe aclarar que se solicita al personal docente perteneciente a las instituciones educativas privadas «centralizadas únicamente» (Aquellas cuyos recibos de haberes los confecciona el Gobierno) para que procedan a la cumplimentación de los formularios 572 (AFIP) del personal en relación de dependencia por el que se reciben aportes del Estado, enviando los mismos a los Apoderados Legales, quienes a su vez remitirán una copia firmada por el apoderado a la Dirección de Educación de Gestión Privada, debiendo conservar el original en su poder.

 

Las entidades descentralizadas NO DEBERÁN enviar dichos formularios a la Dirección de Educación de Gestión Privada, sino que deberán quedar en poder del Apoderado Legal, quién a su vez enviará copia de la misma al encargado de liquidación de haberes (Oficina de colegios del Arzobispado o Liquidador del Colegio según corresponda).

El formulario 572 deberá ser llenado y firmado por el empleado.

Ajuntamos un instructivo modelo, quedando no obstante a disposición de todas nuestras instituciones para evacuar toda consulta al respecto.

Nos ponemos a disposición de todos nuestros colegios por cualquier consulta relacionada con el Régimen de retenciones del Impuesto a las Ganancias, por lo que agradeceremos se contacten vía mail a: cbelotti@arzparan.org.ar o telefónicamente a: 4311440 Int. 19 o 23 en los siguientes horarios: de 08 a 12 y 30.

A modo de información general destacamos que aquellos empleados que en un período fiscal (año calendario) hayan percibido remuneraciones iguales o mayores a $ 96.000, deberán proceder a presentar anualmente una Declaración Patrimonial a la AFIP.

Del mismo modo, aquellos que hubieren percibido remuneraciones iguales o mayores a $ 144.000, deberán proceder a presentar la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias.

 

Carlos Belotti

Arzobispado de Paraná

Oficina de Colegios

 

Formulario 572

Instructivo

Memo